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viernes, 7 de marzo de 2008

Ruptura por parte del ministerio


Mesa de negociación jueves 6 de marzo:
Los sindicatos rechazan las propuestas de Justicia y el descuento de salarios por huelga
El Ministerio no presenta ni tiene intención de presentar ninguna propuesta en firme hasta tanto en cuanto no se suspenda la huelga. Los sindicatos le hemos respondido que de suspender la huelga en absoluto. El Ministerio rechaza la propuesta retributiva de los sindicatos.
Esta tarde ha tenido lugar una nueva sesión de la mesa de negociación. En ella, la delegación del Ministerio, encabezada por la subsecretaria, y formada por varios directores y subdirectores generales, técnicos y asesores, ha condicionado las mejoras retributivas a llegar a un inmediato acuerdo que conlleve al fin de conflicto. En esta reunión los sindicatos han renunciado a continuar el diálogo y se han levantado de la mesa.
Ahora mas que nunca debemos seguir unidos y con las movilizaciones.
Mañana asamblea en Salamanca en la Sala de Vistas num. 6.
Acude, se hace imprescindible tu presencia.


2 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola lo pongo aqui porque no hay otro sito, ni ninguna entrada para decirlo, hay que crear un chat, aqui os dejo una dirección para crear un chata gratis:
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Anónimo dijo...

A LA SEÑORA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA (y que se lo aplique también el señor Ministro del Ramo), LOS PUNTOS SOBRE LAS ÍES:

Faltan ustedes a la verdad cuando dicen que “El Estatuto Básico del Empleado Público establece la obligatoriedad de la deducción de salarios a los ejercientes del derecho de huelga”. Eso no es cierto tal como ustedes lo dicen. Veámoslo:
El derecho fundamental de huelga que consagra el art. 28.2 de la Constitución, lo reconoce, específicamente para los funcionarios, el art. 15.c) del Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007 de 12 de Abril), que ustedes invocan. Pues bien, con base precisamente en ese Estatuto les demostraremos que su afirmación en orden al descuento de retribuciones es inexacta, porque es sesgada y atribuye al repetido Estatuto algo que éste no dice, ni tampoco se desprende de él.
El art. 30.2 del Estatuto Básico del Empleado Público señala que “quienes ejerciten el derecho de huelga no devengarán ni percibirán las retribuciones correspondientes al tiempo en que hayan permanecido en esa situación….”, lo que significa, pura y simplemente, que los huelguistas no tienen acción para exigir ante los Tribunales que se les retribuya el período de huelga, si es que ésta no ha terminado en virtud de acuerdo entre las partes implicadas. Pero de ello no puede deducirse en modo alguno que ese precepto “establezca la obligatoriedad de la deducción”, que es lo que ustedes afirman, pues la exención de la deducción puede perfectamente acordarse en la negociación que ponga fin a la huelga. Esto es totalmente habitual y lo estamos viendo constante y cotidianamente.
La retribución de los funcionarios es una de las materias susceptibles de negociación, conforme al 37.1 del Estatuto que ustedes invocan, y ni en el apartado 2 de dicho art. 37 (que señala cuáles son las materias excluídas de la negociación), ni en ningún otro precepto legal, está establecida la prohibición de pactar, por parte de los negociadores que traten de poner fin a la huelga, que no se detraiga de las retribuciones totales la parte correspondiente a los días de huelga. Este es un pacto perfectamente lícito y, por ello, cabe dentro de la autonomía de la voluntad que nuestro Ordenamiento jurídico reconoce en el art. 1255 del Código Civil (precepto básico en materia de contratación, que es aplicable a todas las ramas del Derecho), pues dicho pacto no es contrario a la ley, ni a la moral, ni al orden público.
Así pues, señores/as del Ministerio de Justicia: que no les produzca escrúpulos de conciencia -ni de legalidad- la posibilidad de llegar a un acuerdo con los representantes de los funcionarios en el sentido de no descontar a éstos últimos la retribución correspondiente al tiempo de duración de la presente huelga. Cosa distinta será la voluntad de hacerlo, pero no se escuden en la ley, que no dice lo que ustedes le atribuyen. Que quede clara nuestra postura y la de ustedes ante todos nosotros….. y ante la opinión pública.

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